05/10/2016
Una reciente Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea determina la responsabilidad civil subsidiaria del Estado ante la inaplicación del Derecho de la Unión por parte de los órganos jurisdiccionales siempre que sean última instancia.
Los Estados miembros son responsables de que el Derecho de la Unión sea efectivo en sus países. Así lo indicaba la famosa Sentencia Francovich, de 19 de noviembre de 1.991, en la que el Tribunal confirmaba que los particulares tienen derecho a reclamar reparación a su Estado por los daños sufridos a causa de que su legislación nacional no hubiere transpuesto una directiva comunitaria en el plazo determinado para ello.
La novedad de esta reciente Sentencia de 28 de julio de 2016 es que el Estado también será responsable de la inaplicación del Derecho de la Unión por parte de sus órganos jurisdiccionales siempre que sea la última instancia.
En definitiva, si existe perjuicio causado por la violación del Derecho de la Unión, se debe obtener reparación sea cual fuere la autoridad pública que hubiere incurrido en dicho incumplimiento.
Desde los departamentos de Derecho de la UE y de Derecho de la Competencia, quedamos a su disposición para atender cualquier necesidad particular relativa a este asunto que pudiera precisar.
Autores
Consejero Ejecutivo. Director del departamento Procesal. Responsable del área de Competencia