06/07/2020
Mediante el Real Decreto–ley 25/2020, de 3 de julio, de medidas urgentes para apoyar la reactivación económica y el empleo, se aprueban una serie de medidas de apoyo al sector productivo. En lo concerniente al sector turístico, la norma prevé una medida para ayudar a las empresas que tienen en su plantilla empleados fijos discontinuos.
Concretamente, la disposición adicional cuarta prevé que las empresas podrán disfrutar de una bonificación del 50 por cierto de las cuotas empresariales a la Seguridad Social por contingencias comunes, así como por los conceptos de recaudación conjunta de Desempleo, FOGASA y Formación Profesional, por cada trabajador fijo discontinuo, siempre y cuando las empresas cumplan las siguientes condiciones:
Procedimiento:
Las bonificaciones serán aplicadas por la Tesorería General de la Seguridad Social a instancia de la empresa, previa comunicación de la identificación de los trabajadores y previa presentación de declaración responsable respecto de cada código de cuenta de cotización y mes de devengo, sobre su vinculación al sector del turismo.