12/07/2019
Con fecha 11 de julio de 2019, se ha publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) el Reglamento (UE) 2019/1149 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, por el que se crea la Autoridad Laboral Europea (ELA, en sus siglas en inglés).
Este nuevo organismo, con sede en Bratislava (Eslovaquia), tiene como objetivos el contribuir a garantizar una movilidad laboral equitativa en toda la Unión y ayudar a los Estados miembros y a la Comisión a coordinar los sistemas de seguridad social en la Unión (artículo 2).
Tales objetivos se pretenden alcanzar encomendando a la Autoridad Laboral Europea de las siguientes tareas:
Además, en materia de movilidad laboral, la Autoridad Laboral Europea pretende mejorar la disponibilidad, calidad y accesibilidad de la información de carácter general ofrecida a las personas, los empleadores y las organizaciones de interlocutores sociales en relación con los derechos y obligaciones, para facilitar la movilidad laboral en toda la Unión.
La creación de la Autoridad Laboral Europea junto con las nuevas Directivas de conciliación de la vida personal y laboral, y la de mejora de la transparencia y previsibilidad de las condiciones laborales, adoptadas por el Consejo, así como la reciente modificación de la Directiva sobre trabajadores desplazados -que aún tiene que trasponerse al ordenamiento jurídico español-, son iniciativas europeas en materia laboral de gran trascendencia, que pretenden unificar y coordinar a los Estados miembros y sus distintas normativas nacionales a fin de proteger los derechos laborales de los trabajadores y evitar el dumping social.