24/04/2019
El respeto a los derechos laborales es el objetivo que motivó la publicación del Plan Director por un Trabajo Digno 2018-2020, con el que el Ministerio de Trabajo pretende que todas las empresas cumplan con lo previsto en la normativa laboral. Entre esos derechos figura el reconocido periodo de descanso de los empleados entre jornadas de trabajo y durante la semana.
Para conocer la regulación del descanso de los trabajadores de cualquier sector debemos acudir a la regulación de su jornada de trabajo, esto es, con carácter general, al Estatuto de los Trabajadores, y en particular, al convenio colectivo de aplicación en el sector para conocer las especialidades propias de la actividad.
Pues bien, las antedichas reglas generales en relación al descanso de los empleados son las siguientes:
Ambos permisos tienen el carácter de derecho mínimo necesario, por lo que ni el convenio colectivo de aplicación ni el empresario pueden reducir estos periodos. Aunque no permiten su reducción, nuestros tribunales sí permiten su mejora a través de los medios señalados.
Lo que hemos expuesto son las reglas generales, aplicables a cualquier sector, pero debemos de subrayar que el sector hotelero cuenta con particularidades, cuyo objetivo es atender a las necesidades específicas estacionales de su actividad. En concreto, en el sector hotelero:
Para concluir, debemos también referirnos al descanso durante la jornada. Siempre que la duración de la jornada diaria continuada exceda de seis horas, deberá establecerse un periodo de descanso durante la misma de duración no inferior a quince minutos. Su calificación como tiempo efectivo de trabajo corresponderá al convenio colectivo aplicable. Es el comúnmente conocido como tiempo de bocadillo.
El incumplimiento de la regulación en materia de permisos, con independencia del que se trate, se encuentra tipificado como falta grave por la Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social, castigada con una multa de 626 a 6.250 euros, en función de la gravedad que le otorgue el empresario actuante, la cual se determina en base a los criterios de gradación de la faltas en vigor: la facturación de la compañía, intencionalidad, reincidencia, perjuicio causado, entre otros.
Llegados a este punto, es necesario recordar que el cumplimiento de la normativa sobre permisos es sumamente importante, por cuanto que el cansancio del empleado, derivado de la falta de descanso, puede acarrear consigo accidentes laborales con consecuencias mucho más perjudiciales que las expuestas.
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