16/09/2020
La Seguridad Social cambia su criterio y establece que los autónomos societarios tienen derecho a tarifa plana.
Ante la reciente doctrina jurisprudencial, la Tesorería General de la Seguridad Social ha tenido que modificar su criterio por el que denegaba el acceso, a los autónomos societarios, a los beneficios en la cotización previstos en el art. 31 de Ley 20/2007, del Estatuto del trabajo autónomo.
De esta forma, los trabajadores autónomos societarios podrán acceder a la Tarifa Plana, abriéndose la posibilidad de solicitar devoluciones de cuotas abonadas en exceso a la Tesorería General de la Seguridad Social.
Así,
El equipo de EJASO ETL Global está a su disposición para asesorar y gestionar todo lo relacionado con la solicitud de devolución de cuotas, en vía administrativa y judicial, con independencia del estado en el que se encuentre su expediente.
Puede contactarnos a través del formulario de contacto de nuestra página web, escribiendo un email a agarvin@ejaso.com o llamando directamente al teléfono 91 534 14 80.