31/08/2020
Como es conocido, en julio de 2016 la Comisión Europea impuso cuantiosas multas VOLVO-RENAULT, DAF, MAN, IVECO y DAIMLER por sus prácticas contrarias a las normas de defensa de la competencia en el mercado de camiones nuevos, pesados y medianos, durante el período 1997-2011. Los cinco fabricantes aceptaron su participación en el “cártel de camiones”, que abarcó la totalidad del Espacio Económico Europeo.
La publicación de la versión no confidencial de dicha Decisión, el 6 de abril de 2017, abrió la puerta a que todos los afectados por dichas prácticas pudieran reclamar a estos fabricantes una indemnización por los daños sufridos. Éste es el caso de aquéllos que adquirieron camiones entre 1997 y 2011 (compra, leasing, renting, etc.). De acuerdo con la legislación española vigente en ese momento, los afectados contaron con un plazo de 1 año para reclamar. Transcurrido dicho plazo, prescribió el derecho de los afectados a reclamar.
Sin embargo, la posibilidad de reclamar está a punto de abrirse de nuevo. La Comisión Europea ha hecho pública la versión no confidencial de la Decisión mediante la que se imponía a SCANIA una multa de más de 880 millones de euros por su participación en el mismo cártel. En el momento actual está a punto de resolverse el recurso de SCANIA ante el Tribunal General de la UE contra dicha decisión sancionadora, que todo apunta a que será desfavorable para SCANIA.
Si, como parece probable, finalmente el recurso de SCANIA es desestimado, quienes adquirieron camiones nuevos medianos o pesados marca SCANIA durante el período 1997-2011 (compra, leasing, renting, etc.) podrán formular reclamaciones contra SCANIA.
Asimismo, esta decisión abrirá de nuevo el plazo para reclamar para todos aquellos adquirentes de camiones marcas VOLVO, RENAULT, DAF, MAN, IVECO o DAIMLER que no presentaron su reclamación de daños anteriormente. Ello es debido a que la Decisión de SCANIA fue dictada tras la transposición a la legislación española de la Directiva 2014/104/UE de acciones de daños por infracciones del derecho de competencia, que estableció la responsabilidad solidaria entre los participantes de la infracción del pleno resarcimiento de los daños y perjuicios.
Consecuentemente, ahora SCANIA deberá responder por los daños causados tanto a los adquirentes de sus vehículos durante el periodo 1997-2011 como por los causados a quienes adquirieron camiones marcas VOLVO, RENAULT, DAF, MAN, IVECO o DAIMLER durante el mismo período.
EJASO ETL GLOBAL es un despacho con un amplio departamento de derecho de la competencia y ha sido pionero en el ejercicio de reclamaciones de daños derivadas de prácticas contrarias a la libre competencia en sectores varios, incluyendo el cártel de camiones. EJASO ETL GLOBAL tramita actualmente múltiples procedimientos judiciales en solicitud de indemnización por los daños ocasionados por VOLVO, RENAULT, DAF, MAN, IVECO y DAIMLER a cientos de nuestros clientes por un montante global de más de 60 millones de euros.
Si quieres reclamar, no dudes en ponerte en contacto con nosotros. Te ayudaremos a cuantificar los daños que se te han generado y a formular la reclamación que te corresponda.
Autores
Socio. Director del área de Litigación y Arbitraje