24/01/2019
Nuestro compañero Ricardo Fortún atiende la pregunta que lanza el periódico Expansión Jurídico.
Con la nueva Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD) se ha diseñado un moderno escenario a nivel laboral, aunque en muchos casos la normativa sigue la línea marcada por los tribunales.
¿Puede una empresa acceder a los datos del GPS de un empleado?
¿Cuánto tiempo se pueden guardas las imágenes de video vigilancia en las que salen empleados?
“Gana mucha importancia la creación de políticas y reglamentos internos que regulen supuestos que puedan implicar una vulneración de los derechos de los trabajadores en el uso de las nuevas tecnologías: video vigilancia, uso de dispositivos digitales o control por GPS”, comenta nuestro compañero.
Si deseas leer la noticia en profundidad, puedes hacerlo desde este enlace “Espiar el GPS o grabar a un empleado, ¿dónde están los límites?”.
También puedes ampliar esta información sobre la nueva Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD) con este artículo publicado anteriormente por Ejaso ETL Global de la mano de Miguel Valdés Borruey: “Principales novedades de la Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales”.