11/12/2018
Nos encontramos a las puertas de finalizar 2018 y, desde el departamento de Derecho de Seguros de EJASO ETL GLOBAL, creemos útil hacer un ejercicio de retrospección con el fin de destacar los hitos jurisprudenciales más relevantes que han marcado el año en este sector.
Sentencia del Tribunal Constitucional de 11 de enero de 2018
En esta Sentencia quedó resuelta la cuestión de inconstitucionalidad 2578-2015, promovida por la Sala de lo Civil y Penal del TSJ de Cataluña sobre el art. 76 e) de la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de contrato de seguros por posible vulneración de los arts. 24.1 y 117 CE. La particularidad de esta Sentencia se encuentra en que la misma contiene tres votos particulares.
En la Sentencia se declaró inconstitucional y nulo el art. 76. e) de la Ley 50/1980 pues:
“no cabe duda de que una mera revisión formal sólo puede ser compatible con las exigencias del art. 24 CE cuando la decisión arbitral es consecuencia de un verdadero y real convenio arbitral, entendido éste como la manifestación expresa de la voluntad de las partes de someterse a él y en consecuencia al laudo que se obtenga”.
Adjuntamos la Sentencia en el siguiente enlace: Sentencia del Tribunal Constitucional de 11 de enero de 2018
Sentencia del Tribunal Supremo de 7 de marzo de 2018
El recurso de casación planteaba la responsabilidad de la parte demandada, Real Zaragoza SAD y su aseguradora, Generali España S.A. de Seguros y Reaseguros, por el daño causado a la parte demandante, como consecuencia del impacto recibido en un ojo por un balón lanzado desde el terreno de juego en el calentamiento previo al partido.
La Sentencia desestimó la acción de reclamación de la espectadora con motivo de la aplicación de la doctrina de la asunción del riesgo pues, tal como razona la Sentencia:
“La naturaleza del riesgo, las circunstancias personales, de lugar y tiempo concurrentes, y la diligencia socialmente adecuada en relación con el sector de la vida o del tráfico en que se produce el acontecimiento dañoso, serán elementos a tener en cuenta, como los tuvo la sentencia recurrida al analizar las consecuencias que resultan por la falta de redes en los fondos de la portería, y es que, además de tratarse de una situación conocida por los espectadores, su colocación en el campo no se hace en interés de estos, puesto que dificultará la visión, sino atendiendo a potenciales criterios de orden público que prevalecen sobre el de los espectadores”.
Facilitamos la Sentencia analizada en el siguiente enlace: Sentencia del Tribunal Supremo de 7 de marzo de 2018
Sentencia del Tribunal Supremo de 26 de abril de 2018
Nos encontramos en el ámbito del Seguro de responsabilidad civil, en concreto, estamos ante un litigio promovido por un arquitecto técnico cuya responsabilidad civil profesional venía siendo asegurada desde su colegiación por la mutua demandada. El demandante interesó, esencialmente, que se declarase ineficaz la resolución unilateral del contrato por la aseguradora y que se declarase injustificada e inaplicable, por contraria a Derecho, la cláusula de delimitación temporal de cobertura incluida en la póliza, cuestión esta última a la que se redujo la segunda instancia y el recurso de casación.
La decisión de la Excma. Sala fue declarar la validez de la cláusula de delimitación temporal retrospectiva si cumple los requisitos propios de esta, sin que sean exigibles, además, los requisitos de las cláusulas de futuro: “El párrafo segundo del art. 73 de la Ley de Contrato de Seguro regula dos cláusulas limitativas diferentes, cada una con sus propios requisitos de cobertura temporal, de modo que para la validez de las de futuro (inciso segundo) no es exigible, además, la cobertura retrospectiva, ni para la validez de las retrospectivas o de pasado es exigible, además, que cubran reclamaciones posteriores a la vigencia del seguro”.
La Sentencia referida está a disposición en el siguiente enlace: Sentencia del Tribunal Supremo de 26 de abril de 2018
Sentencia del Tribunal Supremo de 24 de mayo de 2018
El Pleno de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo estimó el recurso de los perjudicados por un siniestro que tuvo lugar en Tarragona en el año 2005, motivado por una acumulación de gas que se produjo en una vivienda y a consecuencia de la cual fallecieron cinco personas, cuatro de ellas de la misma familia, lesiones a un peatón y daños materiales en tres vehículos estacionados en la vía pública. La Excma. Sala basó su decisión en que
“la incertidumbre sobre la causa o causas del siniestro implica que no puede quedar exonerada de responsabilidad la suministradora y su aseguradora, cuando aquélla era quien contaba con los medios y conocimientos adecuados para dar certeza sobre tales causas y no lo ha hecho, según viene a reconocer la propia sentencia recurrida.”
La Sentencia analizada se encuentra en el siguiente enlace: Sentencia del Tribunal Supremo de 24 de mayo de 2018
Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 4 de septiembre de 2018
La petición de decisión prejudicial tuvo por objeto dos cuestiones que fueron resueltas por el Tribunal en el siguiente sentido:
La Sentencia se encuentra disponible en el siguiente enlace: Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 4 de septiembre de 2018
Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 15 de noviembre de 2018
La petición de decisión prejudicial tuvo por objeto la interpretación del artículo 3, apartado 1, de la Directiva 72/166/CEE del Consejo, de 24 de abril de 1972, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre el seguro de la responsabilidad civil que resulta de la circulación de vehículos automóviles, así como sobre el control de la obligación de asegurar esta responsabilidad. El Tribunal de Justicia declaró que debe interpretarse en el sentido de que el concepto de «circulación de vehículos» a que se refiere dicha disposición comprende una situación en la que el pasajero de un vehículo estacionado en un aparcamiento, al abrir la puerta de ese vehículo, golpea y daña el vehículo que se halla estacionado a su lado.
Facilitamos la Sentencia referida en el siguiente enlace: Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 15 de noviembre de 2018