Por qué TikTok preocupa en Europa: una mirada legal a la plataforma más influyente del mundo - El Confidencial

Por qué TikTok preocupa en Europa: una mirada legal a la plataforma más influyente del mundo - El Confidencial
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02/06/2025

Nuestro compañero Luis Miguel Prieto, asesor legal en EJASO y experto en IA y derecho digital, analiza en El Confidencial la creciente vigilancia sobre TikTok por parte de la Unión Europea.

Una de las principales preocupaciones gira en torno al modelo de negocio de TikTok, basado en la publicidad personalizada. A través de algoritmos que analizan el comportamiento de los usuarios, la plataforma ofrece anuncios altamente segmentados. Sin embargo, esta práctica debe cumplir estrictos requisitos de transparencia bajo la DSA, que entró en vigor en 2024.

En marzo de 2025, la Comisión Europea concluyó preliminarmente que TikTok no cumplía con las obligaciones de transparencia publicitaria exigidas a las llamadas “plataformas muy grandes” (aquellas con más de 45 millones de usuarios en la UE). El artículo 39 del DSA establece que estas plataformas deben habilitar un repositorio accesible para todos los anuncios mostrados, con información detallada sobre el contenido publicitario, el anunciante, los criterios de segmentación utilizados y el periodo de visualización. Según Bruselas, el repositorio de anuncios de TikTok no permite acceder a esta información.

De confirmarse la infracción, TikTok se enfrentaría a las sanciones del artículo 52 del DSA: multas de hasta el 6% del volumen de negocio mundial, así como la imposición de medidas correctivas vinculantes.

Más allá de la publicidad, el foco regulatorio se ha desplazado también hacia la protección de los menores. El artículo 28 de la DSA impone a las plataformas obligaciones proactivas para mitigar los riesgos específicos a los que están expuestos los menores, como la exposición a contenidos nocivos, el uso adictivo o la explotación comercial encubierta. Además, el artículo 25 prohíbe la publicidad basada en perfiles cuando se dirija específicamente a menores, salvo en condiciones muy restrictivas.

En este sentido, la Comisión Europea ha abierto un procedimiento formal contra TikTok por el diseño potencialmente adictivo de su interfaz, el sistema de recomendaciones algorítmicas y por la falta de sistemas adecuados de verificación de edad.

Uno de los elementos examinados fue el programa “TikTok Lite Rewards”, que incentivaba con recompensas la visualización continua de vídeos. Bruselas exigió su retirada inmediata tras considerar que podía generar patrones de uso compulsivo y afectar negativamente a la salud mental de adolescentes. Tras las presiones de la Comisión, la compañía se comprometió en agosto de 2024 a retirar la función de forma permanente del mercado europeo.

Paralelamente, las autoridades de protección de datos también han actuado. En septiembre de 2023, TikTok fue sancionada por la autoridad irlandesa (DPC) con una multa de 345 millones de euros por incumplir los principios de “privacidad desde el diseño y por defecto” (art. 25 RGPD) en los perfiles de menores, que por defecto eran públicos y permitían la interacción con desconocidos.

Dos años después, en mayo de 2025, la sanción ha sido aún más contundente: 530 millones de euros por infracción de los artículos 44 a 49 del Reglamento General de Protección de Datos, relativos a las transferencias internacionales de datos. En concreto, la resolución concluyó que TikTok había transferido datos de usuarios europeos a servidores ubicados en China sin implementar garantías jurídicas adecuadas. La DPC también señaló la ausencia de una evaluación de impacto en protección de datos (art. 35 RGPD), especialmente preocupante tratándose de usuarios menores de edad.

En paralelo, el Comité Europeo de Protección de Datos (EDPB), en uso de sus competencias para resolver conflictos transfronterizos (art. 65 RGPD), obligó a armonizar la interpretación entre distintas autoridades nacionales sobre cómo aplicar las obligaciones de transparencia e interés superior del menor a las prácticas de TikTok. Así, el EDPB ha exigido a la plataforma que refuerce sus sistemas de verificación de edad y que sea más transparente sobre qué datos personales recopila y con qué fines, especialmente cuando se trata de perfiles infantiles o adolescentes.

Por nuestra parte, en España hemos seguido de cerca el camino europeo. En marzo de 2025, el Gobierno aprobó el proyecto de ley para la protección de las personas menores de edad en los entornos digitales, que incluye, entre otras medidas, la elevación de 14 a 16 años de la edad mínima para que un adolescente pueda prestar por sí solo el consentimiento para el tratamiento de sus datos personales. En la práctica, esto supondría que los menores de 16 no podrían registrarse en TikTok sin autorización parental expresa, lo que obligaría a las plataformas a adaptar sus procesos de registro. No obstante, aunque el texto ya ha sido remitido al Congreso de los Diputados y se encuentra en tramitación parlamentaria, habrá que esperar a su aprobación definitiva para que esta medida se convierta en una realidad.

Asimismo, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha incluido a TikTok en su “canal prioritario” de vigilancia, utilizado para exigir la retirada urgente de contenidos perjudiciales.

En definitiva, lo que está ocurriendo con TikTok es sólo un ejemplo de cómo la regulación europea comienza a tener efectos tangibles sobre las grandes plataformas tecnológicas. Ya no basta con actuar ante una denuncia: las plataformas deben prevenir, mitigar y justificar sus decisiones con base en evaluaciones de riesgo documentadas.

 
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