28/07/2025
Un reciente fallo de la Audiencia Provincial de Oviedo reabre el debate sobre los límites de los pactos de honorarios entre abogados y clientes, especialmente cuando estos últimos tienen la condición de consumidores.
En un artículo publicado esta mañana por El Confidencial, nuestros compañeros José María Escat Sánchez, asociado principal y director del área de Bancario, e Iván Matamoros, socio director del área penal, analizan las implicaciones jurídicas de esta sentencia que declaró nula una hoja de encargo por falta de transparencia y rebajó los honorarios de 24.000 € a tan solo 20,71 €.
Como destaca José María Escat: “La condición de consumidor no depende de la voluntad de las partes, se ostenta si el cliente actúa en un ámbito ajeno a una actividad empresarial.” Y añade: “La normativa de consumo impone el deber de informar de forma clara y adecuada de las características del servicio, entre las que especialmente se encuentra el precio.”
Además, sobre la hoja de encargo, Iván Matamoros insiste en que “La información precontractual es esencial, y debe quedar constancia escrita para que el abogado pueda acreditar que cumplió con el deber de información exigido por la ley.”
Desde EJASO subrayamos la importancia de la información precontractual clara, detallada y documentada como elemento esencial de seguridad jurídica para profesionales y clientes.
Puedes leer el análisis completo escrito por el periodista Alejandro Galisteo en El Confidencial, exclusivo para suscriptores, AQUÍ.
Menciones:
Socio. Procesal Penal