La guía de EJASO para que los autónomos puedan deducirse las comidas, en 'Autónomos y Emprendedores'

La guía de EJASO para que los autónomos puedan deducirse las comidas, en 'Autónomos y Emprendedores'

17/02/2020

La publicación ‘Autónomos y Emprendedores’ se hace eco de la guía elaborada por EJASO en la que se ofrecen los cinco requisitos que deben cumplir los trabajadores autónomos para deducirse los gastos por comidas. Así, la publicación especializada en este sector recuerda que deben darse los siguientes presupuestos:

  1. La comida debe haberse producido durante el desempeño de la actividad. Es decir, durante los días que trabaje un autónomo. Por ejemplo, y lo más habitual, es que se produzcan de lunes a viernes.
  2. Los gastos deben ser por comidas en algún establecimientos de restauración y hostelería. No vale, por ejemplo, adquirir un plato preparado en un supermercado.
  3. El pago de la comida deberá realizarse siempre por un medio electrónico (tarjeta de crédito o débito, pago por móvil, etc.). La finalidad es que quede registrado de forma fehaciente el pago y que sea fácil para la Agencia Tributaria confirmar que el gasto declarado -con su correspondiente tique- es un gasto cierto y real.
  4. Es aconsejable que el autónomo guarde el tique y cumplir con los requisitos generales para la deducción del gasto.
  5. Tener en cuenta que la cantidad límite que se puede deducir el autónomo es la misma que la establecida para las dietas de los trabajadores: 26,67 euros diarios si el gasto se produce en España, o 48,08 euros si es en el extranjero. En el caso de que el autónomo pernocte, los límites suben a 53,34 euros y 91,35 euros respectivamente.
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