04/06/2018
Con carácter general, el trabajador que se halle en situación de excedencia voluntaria y solicite la prestación por desempleo (‘el paro’), no tendrá derecho a cobrar dicha prestación al no considerarse como una de las situaciones legales de desempleo.
Sin embargo, puede ocurrir que el trabajador esté disfrutando de una excedencia voluntaria y a su vez esté prestando servicios en otra empresa diferente. En ese supuesto, si deja de trabajar porque se le extingue el contrato por causas ajenas a su voluntad, podrá solicitar la prestación por desempleo, y percibirla siempre que se dé uno de los dos siguientes supuestos:
Podrá reanudar la percepción de la prestación por desempleo, en uno de los siguientes casos:
Para poder resolver la solicitud de prestación por desempleo deberá la empresa haber contestado a la solicitud de reingreso ya que en caso contrario no se considerará estar en situación legal de desempleo. Si la empresa contesta manifestando la imposibilidad de readmitirlo en ese momento, el trabajador pasaría a estar en situación legal de desempleo, y podría resolverse su solicitud de prestación.
Autores