01/07/2019
El pasado 28 de junio de 2019, el Departamento de Economía, Industria y Empleo del Gobierno de Aragón, llevó a cabo la convocatoria para este año de las ayudas a la pequeña y mediana empresa para la elaboración e implantación de planes de igualdad, correspondientes al año 2019 (Orden EIE/741/2019, de 30 de mayo).
Como sabrás, la Ley de Igualdad obliga a las empresas de más de 50 personas trabajadoras a implantar un plan de igualdad. Sin embargo, las empresas de menor tamaño, carecen de tal obligación. Pues bien, con la finalidad de fomentar la implementación de medidas de igualdad en las PYMES el Gobierno de Aragón promueve esta subvención tendente a impulsar la adopción voluntaria de planes de igualdad por parte de las compañías no obligadas legalmente a ello.
Son numerosos los beneficios que para una mercantil conlleva la implantación de un plan de igualdad:
Además, y aunque como decíamos anteriormente, la Ley de Igualdad no exige a las empresas de menos de 50 empleados la implementación de un plan de igualdad, la nueva Ley de Contratos del Sector Público incorpora esta condición como criterio de adjudicación de los contratos con la Administración Pública. Igualmente, viene siendo habitual que las licitaciones para contratación privada lo recojan en su pliego de condiciones.
Es por lo anterior que consideramos una oportunidad solicitar las ayudas recogidas en la Orden de 30 de mayo de 2019 de la Consejería de Economía, Industria y Empleo del Gobierno de Aragón.
Dichas ayudas suponen una subvención económica que permiten a las empresas elaborar un plan de igualdad e implementarlo.
Pueden solicitar estas ayudas las empresas que, en el momento de presentar la solicitud, tengan una plantilla de entre 25 y 49 trabajadores, cuenten con centro abierto en la Comunidad Autónoma de Aragón y, sea la primera vez que elaboren e implanten un plan de igualdad para el fomento de la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
La cuantía de las ayudas pueden ascender hasta un importe máximo de 20.000 €. El montante final de la subvención dependerá de la ponderación entre la cuantía solicitada por la empresa y la puntuación obtenida al aplicar los criterios de valoración fijados en la convocatoria y que se resumen en tres: 1) trabajadores afectados; 2) calidad y viabilidad técnica y económica del programa de igualdad; y, 3) integración del principio de igualdad en las actividades a desarrollar.
La subvención que sea concedida debe ir destinada a sufragar los siguientes gastos:
El plazo para la realización de las actividades subvencionadas será el comprendido entre la fecha de la concesión de la subvención y el 15 de noviembre de 2019.
El pago de la subvención se producirá cuando la administración constate la correcta ejecución del proyecto de igualdad y la empresa beneficiaria haya presentado la documentación justificativa de la realización del diagnóstico de situación de la empresa en materia de igualdad, la elaboración del plan de igualdad y la implantación de las acciones correspondientes a la primera fase del plan. A estos efectos la convocatoria exige, como mínimo, acreditar que se han realizado a dos actuaciones definidas como prioritarias en el Plan de Igualdad.
Desde EJASO ETL GLOBAL, te ofrecemos un servicio integral que consiste en:
La solicitud de la ayuda económica debe realizarse, como máximo, hasta el próximo 19 de julio de 2019.
Desde EJASO ETL GLOBAL, te ofrecemos un servicio integral para ayudarte durante todo este proceso.