01/10/2018
En la Sentencia 2986/2018, el Tribunal Supremo ha interpretado que la Ley del IVA no exige que los representantes o agentes comerciales tengan que ser autónomos para poder deducir el 100% del IVA soportado en la adquisición de los vehículos asignados para su uso. Se prevé por tanto una suerte de inversión de carga de la prueba, donde las empresas con comerciales dependientes comenzarán a reclamar su derecho a una deducción superior basada en la afectación del vehículo, siendo la Agencia Tributaria la que podría intentar minorar ese porcentaje.