24/01/2025
Tras los cambios anunciados por la publicación en el BOE de la Ley 7/2024, de 20 de diciembre, así como el Real Decreto-ley 9/2024, de 23 de diciembre, ayer, día 23 de enero de 2025, se publicó la Resolución de 22 de enero de 2025, por la que se derogan las últimas medidas de IVA relacionadas con la extracción de Hidrocarburos de depósitos fiscales y las relacionadas con el nuevo impuesto sobre Cigarrillos Electrónicos.
Teniendo en cuenta lo anterior, al no haber sido convalidado el Real Decreto antecitado, volvemos a la situación anterior, es decir, a la impuesta por la Ley 7/2024, de 20 de diciembre.
Hidrocarburos:
Volvemos a un volumen de extracciones de 1.000 millones de litros de gasolinas, gasóleos o biocarburantes para la consideración de Operador Confiable, en el sentido de las nuevas medidas de IVA impuestas.
Deja de ser de aplicación estas medidas al epígrafe 1.4 (gasóleo para usos especiales/bonificado).
Cigarrillos Electrónicos:
Vuelven a ser aplicables todas y cada una de las medidas impuestas sobre el nuevo impuesto sobre los líquidos para cigarrillos electrónicos.
Más información: Nota del 23-12-2024.
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