31/01/2018
La entrada en vigor de la nueva normativa, anunciada en el BOE el pasado mes de junio, significa la incorporación al ordenamiento jurídico español de la Directiva europea; la DGT se ha comprometido a realizar más de 15.000 inspecciones que aseguren su cumplimiento.
Hasta la fecha, prácticamente no ha existido regulación alguna sobre cómo asegurar la carga sobre un camión, siendo la única normativa al respecto en todo nuestro ordenamiento jurídico el Reglamento General de Circulación (RD 1428/2003) Art 14, que indicaba lo siguiente:
“La carga transportada en un vehículo, así como los accesorios que se utilicen para su acondicionamiento o protección, deben estar dispuestos y, si fuera necesario, sujetos, de tal forma que no puedan:
A) Arrastrar, caer total o parcialmente, o desplazarse de manera peligrosa.
b) Comprometer la estabilidad del vehículo.
c) Producir ruido, polvo u otras molestias que puedan ser evitadas.”
Ello ha supuesto un descontrol durante años de la situación de la estiba de cargas, y por ende, una elevada tasa de accidentes como consecuencia de ello.
El pasado mes de junio fue publicado en el BOE el Real Decreto 563/2017 de 2 de junio, por el que se regulan las inspecciones técnicas en carretera de vehículos comerciales que circulen por el territorio nacional, tanto de transporte de mercancías como de viajeros con capacidad para ocho plazas además de la del conductor, que afecta igualmente a los remolques.
Con este nuevo reglamento, se incorpora a nuestro ordenamiento jurídico interno la Directiva 2014/47/UE, y como principal novedad se regula con criterios técnicos y objetivos la sujeción de la carga en el transporte, recogiendo en la norma las recomendaciones técnicas existentes en la actualidad sobre la estiba y el amarre de la carga en los vehículos de transporte que se relacionan en el Anexo III de la Directiva comunitaria y de este Reglamento, como son las normas técnicas relativas al cálculo de las fuerzas de amarre, los puntos de amarre y la resistencia de la carrocería del vehículo, los paneles y puntales, las cinchas, las eslingas, las cadenas y los cables de amarre que se utilizan en el trincaje, así como la utilización de los contenedores ISO, las cajas móviles, y el empaquetado de las mercancías para su transporte.
La Directiva entrará en vigor en mayo de 2018, y la DGT se ha comprometido a realizar más de 15.000 inspecciones técnicas al año, controles para cuya ejecución se ha instruido a un grupo de la élite de docentes de la Escuela de Tráfico de la Guardia Civil, y a un alto mando del equipo ERAT (Equipo de Reconstrucción de Accidentes de Tráfico). De igual modo, se ha dotado a la Guardia Civil de las herramientas necesarias para poder parar a vehículos y comprobar si cumplen esta directiva.
Al margen de las consecuencias administrativas que puede conllevar el incumplimiento de esta normativa, en forma de sanciones económicas e inmovilización del vehículo en los casos más graves, esta norma adquiere mayor trascendencia si cabe porque afectará de forma paralela a diversas materias, como son la prevención de riesgos laborales, la responsabilidad civil, laboral e incluso penal por los daños derivados de una inadecuada estiba y amarre de las mercancías, que le corresponderá asumir según los casos, al transportista, al cargador o al expedidor.
Es importante, por tanto, tener en cuenta las consecuencias que en caso de accidente se derivarían con la nueva normativa, puesto que si se detectase que la carga del vehículo no fuese acorde con lo establecido, podría considerarse negligencia o dolo y tener graves consecuencias para los empresarios, derivando en importantes responsabilidades con sanciones económicas, recargos de prestaciones por falta de medidas de seguridad en el trabajo, e incluso llegando a ser calificado como delito.
Se hace necesaria una correcta formación dirigida a cargadores, transportistas y agentes de la autoridad en la que se obtengan criterios claros de amarre de carga para garantizar la correcta conducción en diferentes circunstancias, así como argumentos claros ante procesos de inspección y sanción teniendo en cuenta la nueva legislación.