Nuestro departamento de Competencia consigue la primera sentencia que cuantifica la doctrina establecida por el Supremo en 2015

Nuestro departamento de Competencia consigue la primera sentencia que cuantifica la doctrina establecida por el Supremo en 2015

04/03/2020

Un Juzgado de lo Mercantil de Madrid marca un hito al condenar a Cepsa a pagar más de dos millones de euros a una estación de servicio por prácticas que atentan contra el derecho a la competencia. El departamento de Competencia de EJASO ETL Global, que ha asesorado a la estación de servicio, ha conseguido que el juzgado dicte una sentencia de gran relevancia, ya que cuantifica, por primera vez, cuál debe ser el resultado económico de la doctrina fijada por el Tribunal Supremo en 2015. 

 En aquel año, el Alto Tribunal declaró nulos los contratos de derecho de superficie y de arrendamiento con suministro en exclusiva al considerar que las condiciones que la petrolera imponía a la estación de servicio excedían los límites legales y, por tanto, que vulneraban las leyes de la competencia.

Pero en aquel momento el Supremo “no fijó el resultado económico de liquidar la relación contractual nula por aquellas irregularidades“, tal y como explica en Expansión nuestra socia Lourdes Ruíz Ezquerra. Ahora, el juzgado cuantifica los criterios del Supremo y establece el importe que ha de pagar Cepsa a la estación de servicio.

Puedes leer la noticia completa publicada en Expansión

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