La gestación subrogada y el caso reciente de parejas españolas en Ucrania

La gestación subrogada y el caso reciente de parejas españolas en Ucrania

30/08/2018

Esta semana saltaba a las pantallas una noticia que nos informaba sobre la situación que están viviendo parejas españolas en Ucrania. Parejas las cuales no pueden regresar a España con su hijo obtenido mediante gestación subrogada.

Según la normativa vigente en nuestro país, el BOE recoge:

– Artículo 10. Gestación por sustitución.

  • 1.- Será nulo de pleno derecho el contrato por el que se convenga la gestación, con o sin precio, a cargo de una mujer que renuncia a la filiación materna a favor del contratante o de un tercero.
  • 2.- La filiación de los hijos nacidos por gestación de sustitución será determinada por el parto.
  • 3.- Queda a salvo la posible acción de reclamación de la paternidad respecto del padre biológico, conforme a las reglas generales.

Además, según la nueva normativa de protección de datos, esta toma un papel importante en los trámites a llevar a cabo.

Seguiremos muy atentos las noticias al respecto para conocer como se desarrolla la situación acontecida.

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