05/06/2024
Desde el 1 de enero de 2023, el Impuesto sobre Envases de Plástico No Reutilizables (IEPNR) ha sido fuente de controversia debido a la complejidad de su cumplimiento. Este impuesto afecta la importación, adquisición intracomunitaria y fabricación de estos envases, permitiendo deducciones o devoluciones si se envían fuera del territorio nacional. Sin embargo, la administración, apoyada en consultas vinculantes (V0876-23 y V0873-23), ha negado devoluciones si el importador o adquirente no maneja el transporte, a pesar de que esto suele ser responsabilidad del cliente en otro país de la UE. Esta interpretación, que difiere del tratamiento del IVA y aduanas, puede resultar en denegaciones injustas, obligando a compradores extranjeros a registrarse fiscalmente solo para solicitar devoluciones, complicando así el proceso.
Nuestro abogado y asesor fiscal especialista en Impuestos Especiales y Medioambientales nos lo cuenta en detalle en el PDF adjunto y traslada su opinión para ElDerecho.
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