La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios advierte sobre el riesgo para la salud del consumo del dióxido de cloro

La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios advierte sobre el riesgo para la salud del consumo del dióxido de cloro

22/09/2020

Esta semana la Agencia de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) ha publicado una nota informativa donde advierte que no existe ninguna prueba científica que avale supuestas propiedades del producto de dióxido cloro para la prevención o curación del COVID-19 , y además, este  producto no se han sometido a ningún tipo de evaluación o autorización por las autoridades competentes que garantice la relación beneficio/ riesgo sea positiva y asegure el derecho de los ciudadanos a la protección de su salud.

En este sentido, se ha comprobado que como consecuencia de la crisis sanitaria del COVID-19 se están promocionando a través de redes sociales y portales web el consumo por vía oral de soluciones de dióxido de cloro para el tratamiento del COVID-19.

No obstante, tenemos que saber que el dióxido de cloro es un producto que se utiliza para la potabilización del agua, para la desinfección de superficies en la industria alimentaria y en industrias potabilizadoras. Por tanto, se ofrece al consumidor como desinfectantes (no destinados a la aplicación directa a personas o animales) o como productos empleados para la desinfección del agua potable, tanto para personas como para animales.

Conforme a lo expuesto, siendo un oxidante fuerte, su consumo supone un riesgo para la salud y puede ser grave en algunos pacientes que pueden llegar incluso a requerir hospitalización. En este sentido, su consumo directo puede producir dolor abdominal, náuseas, vómitos, diarrea, que puede llevar a deshidratación, fallo renal, anuria, anemia hemolítica y metahemoglobinemia, y sus vapores pueden causar irritación ocular o respiratoria, broncoespasmo o incluso edema pulmonar.

Como consecuencia de ello, en 2010 la AEMPS publicó una nota informativa en la que se comunicó que existía un producto que se comercializaba en internet y que se presentaba dotado de propiedades terapéuticas y preventivas de enfermedades de todo tipo: infecciones, tumorales, degenerativas etc. Teniendo la consideración legal de medicamento según se definía en el artículo 8.a de la Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, el mismo no había sido objeto de evaluación y autorización previa para su comercialización por parte de la AEMP como consta en el Real Decreto 520/1999, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto de la AEMPS y el artículo 9.1 de la Ley 29/2006, de 26 de julio, siendo en ese momento su presencia en el mercado ilegal.

En lo que respecta a nivel internacional la nota informativa publicada esta semana por la AEMPS manifiesta que diferentes autoridades sanitarias han alertado de los riesgos para la salud del consumo de este producto y la ausencia de pruebas de su utilidad terapéutica: la FDA estadounidense, la Organización Panamericana de la Salud, entre otras. También a nivel europeo la autoridad competente de Alemania BFarm, advierte sobre la consideración de medicamento ilegal e informa de los riesgos asociados a su consumo.

Actualmente no existen pruebas de ningún tipo de que el dióxido cloro pueda usarse para tratar o prevenir la infección por coronavirus, ni tampoco hay evidencias de que sea efectivo contra otras enfermedades como malaria, autismo, cáncer, enfermedades parasitarias o degenerativas.

Por tanto, actualmente el dióxido cloro no está autorizado para utilizarse como medicamento de uso humano, y por tanto si lo observamos en el mercado estaremos ante  un medicamento ilegal no autorizado que puede poner en grave riesgo la salud de las personas.

Por todo ello, desde la AEMP recomienda encarecidamente no consumirlos en ningún caso: ni en formatos que se presentan aptos para consumo humano ni se ofrecen como desinfectantes, blanqueantes o biocidas de uso industria y se aconseja seguir siempre las recomendaciones de los profesionales sanitarios y tomar las medidas necesarias para evitar el contagio de manos: uso adecuado de mascarillas, mantener la distancia social y el lavado de manos regular.

Desde el departamento de derecho farmacéutico seguiremos informando de cualquier novedad sobre este asunto.

Equipo de redacción
Buscador de artículos
Últimos artículos
Publicadas en el DOUE las nuevas normas sobre dibujos y modelos comunitarios
Publicadas en el DOUE las nuevas normas sobre dibujos y modelos comunitarios
22 nov. 2024
Nuevo Reglamento de Ciberresiliencia
Nuevo Reglamento de Ciberresiliencia
21 nov. 2024
Novedades fiscales Comunidad de Madrid
Novedades fiscales Comunidad de Madrid
19 nov. 2024
Blockchain y derecho de supresión: Un análisis desde la nota técnica de la AEPD.
Blockchain y derecho de supresión: Un análisis desde la nota técnica de la...
18 nov. 2024
Servicios relacionados

Áreas de práctica:

Más artículos por etiqueta

Más info

+ Reconocimientos (13)

Más info

+ Desayunos (15)

Más info

+ Eventos (66)

Más info

+ Casos de éxito (10)

Más info

+ Blog (94)

Más info

+ Operaciones y clientes (4)