El Convenio del Mes - Enero

El Convenio del Mes - Enero
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31/01/2024

El día 26 de enero se publicó en el Boletín Oficial del Estado el V Convenio colectivo estatal de instalaciones deportivas y gimnasios que inicia su vigencia desde mayo de 2023 hasta diciembre de 2025.

El texto, que regula las las condiciones de trabajo de todas las empresas que tengan por objeto o actividad económicas la oferta y/o prestación de servicios relacionados con el ejercicio físico. Estas actividades podrán prestarse en gimnasios, clubes de natación instalaciones deportivas, tenis…

Establece el convenio, que también es de aplicación para las empresas que realicen actividades con el ejercicio físico al aire libre o en contacto con la naturaleza.

Aquí mencionamos otras de las principales novedades que incluye el nuevo convenio:

1.- Tablas salariales.

o Subida salarial: Publica las tablas salariales que serán de aplicación desde el 1 de mayor de 2023 hasta el 31 de diciembre del 2025.

o Pero como novedad establece que una vez llegue a su fin la vigencia del convenio, éste se prorrogará por periodos anuales estableciendo un incremento, tanto salarial como extrasalarial, igual al IPC real más un 0.50%.

o Plus de transporte: establece un plus de transporte por día efectivamente trabado de 2.80€ para el año 2023, 2.90€ para el año 2024 y 3€ para el año 2025.

2.- Permisos.

· Se incluye un artículo donde recoge todos los permisos retribuidos del ET y las mejoras contempladas en el RD 5/2023, mejorando el permiso por fallecimiento del cónyuge siendo el permiso de tres días.

· Se incluye un permiso retribuido de 16 horas anuales para acudir a visitas médicas propias o para acompañar a ascendentes o descendientes que convivan y que precisen acompañamiento.

3.- Periodo de prueba.

Se mantienen las duraciones generales de los periodos de prueba según el convenio anterior, pero indica que en los casos de contratos de duración determinada el periodo de prueba no podrá ser superior a 15 días.

4.-Contratación.

Establece una duración máxima de 10 meses para los contratos de duración determinada por circunstancias de la producción imprevisibles.

5.- Registro de Jornada.

Como novedad, en el artículo 28 del convenio regula todo lo relativo al registro diario de jornada de los trabajadores establecido hasta los sistemas de registro de jornadas, así como el funcionamiento del mismo.

6.- Desconexión Digital.

Se regula, en su artículo 29 todo lo referido al derecho de las personas trabajadoras a la desconexión digital

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