28/10/2021
Definitivamente se ha resuelto el incidente de nulidad de actuaciones planteado por la Diputación Foral de Guipúzcoa frente a la Norma Foral 6/2018 de 12 de noviembre que regulaba el canon para determinados tramos de la A-15 y N-1 desde el 15 de mayo de 2019 a la actualidad.
Y por fin, la Diputación Foral de Guipúzcoa ha dado cumplimiento al mandato judicial y pone fin al cobro de dicho canon declarado ilegal desde la publicación en el Boletín Oficial de Gipuzkoa de la sentencia de fecha 5 de mayo de 2020 dictada Tribunal Superior de Justicia del País Vasco relativa a la NF 6/2018.
Por ello, ya estamos en condiciones de reclamar los peajes regulados tanto por la Norma Foral 7/2016 de 15 de diciembre, -que aunque entró en vigor el 23 de diciembre de 2016 el Consejo de Gobierno Foral no fijó hasta el 9 de enero de 2018 la obligación de abonar el canon regulados por la misma-, como los derivados de la aplicación de la Norma Foral 6/2018, y consecuentemente se pueden reclamar los tramos de peajes por la utilización de los tramos de las carreteras de alta capacidad A-15 y N-1 regulados por dicha normativa desde el 9 de enero de 2018 hasta la actualidad.
Esta es la noticia que estábamos esperando para arrancar YA PODEMOS PEDIR LA DEVOLUCIÓN DE LOS IMPORTES ABONADOS DESDE 09/01/2018 HASTA LA ACTUALIDAD, eso sí SOLO EN LOS TRAMOS INDICADOS por las Normas Forales. Así:
Los tramos sujetos al pago del canon previstos en la Norma Foral 7/2016, de 15 de diciembre, por la que se regula el canon de utilización de determinas tramos de las carreteras de alta capacidad A-15 y N-I del Territorio Histórico de Gipuzkoa, son los siguientes:
- Autopista A-15 Navarra-Gipuzkoa», entre el enlace de Bazkardo en Andoain (p.k.158,930) y su final en el enlace con la AP-8 y GI-41 en Astigarraga (p.k. 169,320).
- Carretera N-I de Madrid a Irun», entre el enlace sur de Andoain (p.k. 445,500) y el enlace norte de Andoain (p.k. 447,700).
- Carretera N-I de Madrid a Irun», entre el límite con Navarra en Etzegarate (p.k. 405,450) y el enlace sur de Idiazabal (p.k. 412,900).
Los justificantes de pago del canon de peaje para NF 7/2016 deben corresponder al periodo de tiempo comprendido entre el día 9 de enero de 2018 y el día 14 de mayo de 2019.
Esta reclamación debe realizarse antes del 28 de abril de 2022, por ello, debe ir recopilando toda la documentación para solicitar su devolución a la Administración.
Respecto los tramos sujetos al pago del canon previstos por la Norma Foral 6/2018, de 12 de noviembre, son:
-Autopista A-15 Navarra-Gipuzkoa», entre el enlace de Bazkardo en Andoain (p.k. 158,930) y el enlace de Urnieta (p.k. 162,100).
- Autopista A-15 Navarra-Gipuzkoa», desde el enlace de Zikuñaga en Hernani (p.k. 166,130) hasta su final en el enlace con la AP-8 y GI-41 en Astigarraga (p.k. 169,320).
- Carretera N-I de Madrid a Irun», entre el enlace sur de Andoain (p.k. 445,500) y el enlace sur de Lasarte-Oria (p.k. 450,870).
- Carretera N-I de Madrid a Irun», entre Etzegarate (p.k. 405,450) y el enlace sur de Idiazabal (p.k. 412,900).
El periodo para la NF 6/2018 es desde el 15 de mayo de 2019 a 21 de octubre de 2021.
Los honorarios para la vía administrativa serían un fijo de 150 € + IVA, y un 6 % variable de prima de éxito. La vía administrativa consistirá en una reclamación de responsabilidad patrimonial ante la Diputación Foral de Guipúzcoa; y si se desestimase habría que acudir a la vía judicial, cuyos honorarios se calcularán de manera independiente, según hoja de encargo que se remitirá a los transportistas interesados junto con el Excel a rellenar y documentación necesaria para la presentación de esta reclamación.
Si estuviera interesado en realizar la reclamación, ruego se ponga en contacto con nosotros y le facilitamos información detallada sobre la documentación requerida, nuestros honorarios y plazo recepción de documentación para su gestión.
Cualquier profesional interesado, puede ponerse en contacto con:
María Bañón Novel mbanon@ejaso.com y Nieves Fraile nieves@ejaso.com
Autores
Consejero Ejecutivo. Director del departamento Procesal. Responsable del área de Competencia