21/06/2018
PETROCAT ha ingresado en la cuenta de consignaciones del Juzgado Mercantil 1.701.096,85 euros, para que sean entregados a una Estación de Servicio sita en Cataluña, cuya relación contractual con la petrolera había sido declarada nula por sentencia firme.
En efecto, la relación contractual que vinculaba a PETROCAT con la Estación de Servicio -conformada mediante contratos cruzados de derecho de superficie y arrendamiento de industria- fue declarada nula por la Audiencia Provincial de Barcelona y ratificada por el Tribunal Supremo, no sólo por la excesiva duración del pacto de suministro en exclusiva, sino también por estimar que la petrolera venía fijando el PVP a la Estación de Servicio. Para su liquidación, la Audiencia Provincial de Barcelona aplicó el criterio hoy ya consolidado del Tribunal Supremo para los supuestos de declaración de nulidad como el que nos ocupa: la diferencia entre la inversión pendiente de amortizar por la petrolera y la diferencia de precios existente entre aquellos a los que la estación de servicio adquirió los carburantes objeto de exclusiva y el de aquellos otros precios más ventajosos a los que esta hubiera podido acceder en caso de haber tenido libertad para acudir a cualquier otro suministrador.
Esa diferencia resultó favorable para la Estación de Servicio, estableciéndose por la Audiencia Provincial de Barcelona en casi 1,7 millones de euros, que, incrementados con los intereses correspondientes, ascienden a la cantidad que ha sido consignada por PETROCAT para su entrega a la Estación de Servicio favorecida por la condena.