03/11/2016
El pasado martes 1 de noviembre, diversos medios informaron acerca de la importante resolución dictada en un procedimiento por el cual, SARAS ENERGIA (operador petrolífero representado por EJASO), recurría la Orden que fija las aportaciones al Fondo Nacional de Eficiencia Energética.
En la citada resolución y a la vista de las alegaciones presentadas, el Alto Tribunal ha manifestado sus dudas acerca de la compatibilidad de dicha ley con la Directiva Comunitaria que desarrolla, y ha decidido someter al Tribunal de Justicia de la Unión Europea una cuestión prejudicial.
Dado que se trata de la primera resolución que se plantea sobre esta cuestión -desde que en 2014 entrara en vigor la ley que establece las obligaciones de aportación de las empresas comercializadoras de energía al fondo los recursos ante el Tribunal Supremo han sido constantes-, consideramos que estamos ante un hecho de suma relevancia y trascendencia ya que puede suponer la nulidad o modificación del sistema legal de contribución al Fondo Nacional de Eficiencia Energética establecido.
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