Cuando Hacienda se equivoca, pero el contribuyente paga los intereses por demora

Cuando Hacienda se equivoca, pero el contribuyente paga los intereses por demora
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¿Debe el contribuyente soportar la carga económica del tiempo que tarda la Administración en corregir sus propios errores?

En su último artículo publicado en El Confidencial, nuestro compañero Francisco Benítez Jurado, abogado experto en Derecho Público en EJASO, reflexiona sobre una cuestión con un enorme impacto práctico: la asimetría en el tratamiento de los intereses de demora cuando es la propia Administración la que yerra.

El artículo analiza si resulta razonable, desde el punto de vista de la justicia material y la buena administración, que la Agencia Tributaria pueda cobrar intereses de demora por el tiempo transcurrido hasta dictar una nueva liquidación, incluso cuando la primera fue anulada por causas imputables exclusivamente a ella.

A raíz de dos recientes admisiones a trámite por parte del Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional, se abre la puerta a replantear esta práctica, que pone en cuestión el equilibrio en la relación entre Administración y contribuyentes, y que podría estar vulnerando derechos fundamentales como el de la tutela judicial efectiva.

Como explica Francisco en el artículo, resulta difícilmente justificable que una actuación negligente de la Administración termine generando un beneficio económico en forma de intereses, a costa del contribuyente que ha tenido que impugnar una liquidación contraria a Derecho.

Te invitamos a leer el artículo completo en El Confidencial.

Autores

Francisco Benítez Jurado
Córdoba

Francisco Benítez Jurado

Asociado

  • Público
  • Reestructuraciones, Insolvencias y Situaciones Especiales
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