Sector petrolero: situación actual

Sector petrolero: situación actual

26/06/2017

EJASO ETL GLOBAL, expone las cuestiones que más preocupan al sector en las JSP´17.

El pasado jueves 15 de junio en el hotel Rafael Atocha de Madrid, tuvo lugar la IV edición de las Jornadas Técnicas del Sector Petrolero 2017. Un evento organizado por Global Energy en el que varios miembros de EJASO ETL GLOBAL fueron invitados a participar para abordar algunas de las cuestiones que más preocupan al sector.

 

RECLAMACIÓN DE BIOS, RECLAMACIÓN DE DAÑOS Y DERECHOS DE SUPERFICIE

Alfredo Hernández, socio fundador de la firma, habló de varios temas de máximo interés:

  • Los juzgados están estimando algunas reclamaciones de Bios, si bien a estas alturas y dado el tiempo transcurrido ya, hay que medir bien las posibilidades de los asuntos, examinándolos caso por caso.
  • La gran oportunidad que existe de reclamar daños, sin riesgos ni costes, por el descenso de ventas durante la crisis (periodo 2007- 2017) para los empresarios que funcionaban en régimen de comisión, bajo bandera de REPSOL, CEPSA o BP.
  • Los derechos de Superficie y Usufructos, vinculados a contratos de suministro en exclusiva, que serán declarados nulos desde 2002 si el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, como parece, comparte el criterio de EJASO ETL GLOBAL. A este respecto, Hernández recalcó las importantes consecuencias económicas de dicha resolución, que podrían afectar incluso al pago de los rescates de REPSOL y CEPSA.

ESTACIONES DESATENDIDAS

José Ángel Castillo, magistrado en excedencia y socio profesional de EJASO ETL GLOBAL, abordó el tema de la estaciones desatendidas haciendo hincapié en algunas ideas clave.

Si vivimos en un Estado de Derecho, hemos de cumplir las normas, nos beneficien o no. Asimismo, además de las estatales también hay que cumplir con las normas autonómicas y locales:

  • La Ley 11/2013 no deja sin efecto las competencias autonómicas y locales (consumidores, industrial, medioambiental, urbanísticas …) Como tampoco autoriza, sin más, a implantar Estaciones de Servicio en cualquier suelo, solo en los suelos específicos que contempla, ni afecta únicamente a la calificación del suelo.
  • La ITC 04 tampoco autoriza, sin más, a la implantación de estaciones desatendidas. Solo regula los aspectos técnicos.
  • Los Ayuntamientos, al margen de lo relativo a la existencia de uso cualificado, están obligados a seguir exigiendo el cumplimiento de sus normas urbanísticas para autorizar nuevas Estaciones de Servicio.

En resumen: competencia sí. Modelos diferenciados, también. Pero con los mismos requisitos y cumpliendo todos la ley.

RESPONSABILIDAD PENAL DE LAS ESTACIONES DE SERVICIO

Otro de los socios del despacho, Mariano Aguayo, desarrolló su ponencia en torno a las responsabilidades penales de las personas jurídicas en los fraudes en la distribución de carburantes.

Además de hacer hincapié en que los programas de compliance han de estar adaptados a las particularidades del sector, analizó los diferentes riesgos que asumen minoristas y delayers en caso de fraude en la operadora o el depósito fiscal proveedor por posibles derivaciones de la Agencia Tributaria, así como sobre la necesidad de operar de manera segura y evitar posiciones comerciales que se encuentran fuera del mercado comercial ordinario.

Para terminar, denunció la competencia ilegal y desleal que se está desarrollando en los últimos tiempos y la necesidad de ser más exigentes con la normativa para que todos los operadores actúen en las mismas condiciones.

IMPUESTO ESPECIAL SOBRE HIDROCARBUROS

Solo falta por repasar la intervención que José Manuel Almudí, experto fiscalista y of counsel de EJASO ETL GLOBAL, llevó a cabo junto con Alberto Asso y Víctor Guarch de HITSEN-AROLA, quienes, al igual que reconocidos fiscalistas como Manel Planás de ETL GLOBAL ADDIENS, comparten la misma opinión en relación a la solicitud de devolución del céntimo sanitario y del tramo autonómico del IEH.

Almudí se centró en las incertidumbres que plantea la actual configuración de dicho impuesto respecto a su compatibilidad con el Derecho de la Unión Europea:

  • En la actualidad, se han interpuesto diversas denuncias ante la UE manifestando la incompatibilidad del IEH español con el Derecho derivado de la Unión. La Comisión ha recabado las oportunas explicaciones a las autoridades tributarias españolas, resultando muy probable que, en próximas fechas, se inicie un procedimiento de infracción frente a España por esta cuestión.
  • Desde una perspectiva estrictamente tributaria, los legitimados para obtener la devolución del IEH serán los sujetos que han soportado la repercusión tributaria del impuesto. No obstante, en determinados supuestos, aquellos a los que les hubiesen trasladado el mencionado tributo vía precio, podrán recabar su devolución en sede mercantil, resultando imprescindible que, con el fin de evitar la prescripción del derecho a obtener la devolución, manifiesten dicha intención al repercutido de forma fehaciente.

 

Accede al vídeo resumen de las Jornadas aquí

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