07/02/2024
Hoy se ha publicado en el BOE el RD 145/2024, de 6 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional.
1. Se fija la cuantía del SMI, para cualquier actividad en la agricultura, en industria y en los servicios, sin distinción de sexo ni edad de los trabajadores en 37,8 euros/días o 1.134 euros/mes.
2. Permite la compensación y absorción conforme a los establecido en el artículo 27.1 del Estatuto de los Trabajadores.
3. Para las personas trabajadoras eventuales, temporeras cuyos servicios en una misma empresa no excedan de 120 días, la cuantía mínima por jornada queda fijada en 53,71 euros.
4. El salario mínimo hora de las empleadas y empleados de hogar queda fijado en 8,87€ por hora efectivamente trabajada.
Esta subida del SMI se aplicará con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2024, por lo que obliga a abonar las diferencias salariales para los casos en que los salarios estén por debajo del nuevo SMI.