27/05/2024
El Real Decreto 1055/2022, de 27 de diciembre, de envases y residuos de envases entró en vigor el 29/12/2022, estableciendo nuevas obligaciones en materia de envases y residuos de envases.
Con el fin de cumplir con el compromiso adquirido en el V Programa de Acción Comunitario en materia de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible, la Unión Europea adoptó la Directiva 94/62/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre, relativa a los envases y residuos de envases, regulación que busca la armonización europea en materia de envases, con la finalidad de:
El antecitado real decreto tiene por objeto adaptar la normativa española al nuevo régimen de responsabilidad ampliada del productor establecido en la normativa de la UE, así como regular los mecanismos para aumentar el seguimiento y control de las obligaciones de los productores en materia de envases.
Esta normativa ha establecido, a los llamados Productores de Producto o representantes autorizados la obligatoriedad de inscribirse ante el Ministerio de Transición Ecológica, a los efectos de obtener un número de registro, y estar identificados a los efectos de realizar la declaración anual de envases establecida en tal regulación.
Son considerados Productores de Producto:
Estos agentes económicos están obligados a realizar, anualmente, una remisión de información de los envases puestos en el mercado.
Aunque su entrada en vigor fue el 29/12/2023, se establecieron obligaciones con respecto a la introducción en el mercado de envases para 2021 y 2022.
En concreto:
Otra de las obligaciones es la de hacer constar en facturas o cualquier documentación comercial, el número de registro de Productor de Producto asignado por MITECO en la inscripción.
Además, se requiere que los sujetos obligados financien la gestión de residuos, a través de los llamados sistemas de responsabilidad ampliada (SRAP), los cuales pueden ser individuales o colectivos (SIRAPs o SCRAPs).
Lo que se busca es que las empresas asuman la responsabilidad derivada de los productos envasados y responsabilizarlos por la generación de tales residuos.
Si bien ya existían algunos sistemas colectivos de responsabilidad ampliada (sería el caso de ECOVIDRIO o ECOEMBES), hay que tener en cuenta que, tales sistemas estaban destinados exclusivamente a envases doméstico y horeca (bebidas), si bien, la normativa actual diferencia 4 categorías distintas de envases:
Si bien ya existían sistemas de responsabilidad ampliada colectivos para las 2 primeras categorías (regidos por la normativa anterior), algunos sistemas relativos a envases industriales y comerciales se encuentran en proceso de constitución. Se ha fijado como plazo máximo hasta el 31 de diciembre de 2024 para llevar a cabo la constitución de estos sistemas, para las indicadas categorías (industriales y comerciales), si bien para los envases domésticos y horeca, la obligación es hasta el 30 de junio de 2024.
Puede consultarse los sistemas colectivos de responsabilidad ampliada en el enlace oficial del Ministerio de Transición Ecológica: Enlace
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